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RENOVACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN

 

La renovación de la inscripción en el Registro de los establecimientos de salud y del Servicio de Atención Domiciliaria de Salud se realizará cada dos (02) años, debiéndose presentar una solicitud de acuerdo al Anexo 14 del TUPA aprobado por Decreto Supremo N° 017-2005-SA publicado el 30 de agosto de 2005 en el Diario Oficial "El Peruano", adjuntando la siguiente documentación:

  1. Ficha de Registro, de acuerdo al modelo que consta en el Anexo 13 del TUPA aprobado por Decreto Supremo N° 017-2005-SA publicado el 30 de agosto de 2005 en el Diario Oficial "El Peruano" del presente Reglamento;

  2. Copia simple de la renovación de los contratos suscritos con las EPS o las adendas, de ser el caso;

  3. Copia simple de la acreditación de inscripción al RUC emitida por la SUNAT;

  4. Copia simple del documento de identidad del solicitante o representante legal;

  5. Copia simple de la vigencia de poderes otorgada por la Oficina Registral correspondiente con una antigüedad no menor a 30 días calendario;

  6. Copia simple de la Constancia de Categorización actualizada del Establecimiento de Salud y,

  7. Copia simple del documento de pago de los derechos correspondientes*

* Depósito en la Cuenta Corriente (M.N.) Banco de la Nación: 0000-282995

Personas Naturales:

Derecho de Pago por renovación en el Registro equivalente al 1.5 % de la U.I.T.. En el presente año es S/. 54.00.

Personas Jurídicas:

Derecho de Pago por renovación en el Registro equivalente al 2.5 % de la U.I.T.. En el presente año es S/. 90.00 .


Para descargar el Anexo 13 de clic aquí

Para descargar el Anexo 14 de clic aquí


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