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RENOVACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN |
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La renovación de la inscripción en el Registro de los establecimientos de salud y del Servicio de Atención Domiciliaria de Salud se realizará cada dos (02) años, debiéndose presentar una solicitud de acuerdo al Anexo 14 del TUPA aprobado por Decreto Supremo N° 017-2005-SA publicado el 30 de agosto de 2005 en el Diario Oficial "El Peruano", adjuntando la siguiente documentación:
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Ficha de Registro, de acuerdo al modelo que consta en el Anexo 13 del TUPA aprobado por Decreto Supremo N° 017-2005-SA publicado el 30 de agosto de 2005 en el Diario Oficial "El Peruano" del presente Reglamento;
Copia simple de la renovación de los contratos suscritos con las EPS o las adendas, de ser el caso;
Copia simple de la acreditación de inscripción al RUC emitida por la SUNAT;
Copia simple del documento de identidad del solicitante o representante legal;
Copia simple de la vigencia de poderes otorgada por la Oficina Registral correspondiente con una antigüedad no menor a 30 días calendario;
Copia simple de la Constancia de Categorización actualizada del Establecimiento de Salud y,
Copia simple del documento de pago de los derechos correspondientes*
* Depósito en la Cuenta Corriente (M.N.) Banco de la Nación: 0000-282995
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Personas Naturales:
Derecho de Pago por renovación en el Registro equivalente al 1.5 % de la U.I.T.. En el presente año es S/. 54.00.
Personas Jurídicas:
Derecho de Pago por renovación en el Registro equivalente al 2.5 % de la U.I.T.. En el presente año es S/. 90.00 .
Para descargar el Anexo 13 de clic aquí
Para descargar el Anexo 14 de clic aquí
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